Si cedemos la titularidad de la competencia implica actuación normativa ya que desconcentrar implica modificar la ley o norma que la atribuya.
Centrémonos en la cesión del ejercicio de la competencia, que es lo más habitual.
Vemos que podemos alterar:
- El elemento sustantivo.
- El elemento determinante.
Lo primero que tenemos que tener claro es que ceder el elemento sustantivo, es ceder la facultad para decidir.
Ceder el elemento determinante implica ceder la facultad de hacer.
Muchas veces ambas van conjuntamente, pero en ocasiones separamos ambas facultades, de modo que uno decide y otro lo hace.
Si seguimos analizando la diapositiva, podemos ver que la delegación aparece como gestión del elemento sustantivo y también vuelve a aparecer como cesión del elemento determinante.













